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miércoles, 26 de abril de 2017

ANTE LAS MISAS DE EXEQUIAS EN DIAS QUE NO ESTA PERMITIDO




Cuántas veces en la vida pastoral nos topamos con un problema de difícil solución. Me refiero al hecho de que alguien muera y su entierro coincida con uno de esos días en que la epacta nos aborda con la frase «Hoy no se permiten las misas de difuntos. Tampoco la misa exequial». Y Aquí viene el lío ¿Quién ha puesto esto? ¿De dónde sale esta norma? ¿Qué hacemos? Pues bien, en este artículo breve daremos respuesta y pistas para cuando estos casos surgen.

Este es el principio general que formula la Ordenación General del Misal Romano (=OGMR): «La Misa de difuntos, después de recibida la noticia de la muerte, o con ocasión de la sepultura definitiva o la del primer aniversario, puede celebrarse aun en la octava de Navidad y en los días en que hay una memoria obligatoria o en una feria que no sea el miércoles de Ceniza o una feria de Semana Santa» (381a). Hasta aquí no hay problema de celebrarlo.

El Ritual de las Exequias «la decisión de celebrar u omitir la Misa en el interior del rito exequial se tomará siempre de acuerdo con la familia y teniendo en cuenta la categoría del día litúrgico y las posibilidades del ministro,…» (39). Estos días vienen señalados por la OGMR, el documento más importante que legisla todo lo tocante a la celebración de la Eucaristía, que dice lo siguiente: «entre las Misas de difuntos, la más importante es la Misa exequial que se puede celebrar todos los días, excepto las solemnidades de precepto, el Jueves Santo, el Triduo Pascual y los domingos de Adviento, Cuaresma y Pascua, observando, además, cuanto debe observarse según la norma del derecho» (380). Estos son los días en que no puede celebrarse la misa exequial, que no las exequias.

Hasta aquí lo referente a la norma pastoral para celebrar o no la misa exequial. No es solo la epacta sino la OGMR y el Ritual de las Exequias los documentos que señalan cuando si y cuando no debe celebrarse la misa exequial. A partir de aquí, no hacer caso a esta norma se llama DESOBEDIENCIA, por mucho que se empeñe el sujeto en revestirla de “necesidades pastorales”, “misericordia” y otros mantras que se han puesto de moda de un tiempo a esta parte.

Y…entonces, ¿Qué hacemos? Es la pregunta de muchos que con humildad quieren acatar la norma. A este respecto el Ritual de las Exequias dice: «La celebración de la Misa en el interior del rito exequial representa el signo más expresivo de las exequias cristianas, por cuanto conecta sacramentalmente la muerte del cristiano con el misterio pascual de Cristo. Con todo, la celebración eucarística no aparece nunca como elemento necesario e imprescindible. Incluso se dan casos – el de las exequias presididas por un diácono o por un sacerdote que ya ha celebrado más de una vez la Misa y el de determinadas solemnidades que no admiten la Misa exequial – en los que la celebración debe omitirse o posponerse necesariamente para otro momento» (40). Ante esto propongo estas soluciones:

a) Celebrar las exequias como liturgia de la Palabra siguiendo el ritual propuesto.

b) Celebrar la misa exequial otro día más propio

c) Celebrar la misa del día con el cadáver en la Iglesia, pero esta última no es la mejor y debemos evitarla porque es una gran incoherencia.

Así pues, una vez sabidas estas cosas debemos proponernos hacer lo que la Iglesia pide porque si no ¿o es que no leemos los libros de la Iglesia? ¿o nos importa muy poco o nada lo que la Iglesia dice? ¿o hacemos de nuestra capa un sayo? Cada uno que se examine y obre en consecuencia.
Dios te bendiga

miércoles, 5 de abril de 2017

“COMO INCIENSO EN TU PRESENCIA” (II)


Continuamos con el artículo sobre el incienso.
Uso del incienso en la celebración de la Eucaristía

            Actualmente el incienso en la celebración de la santa misa puede ser usado ad libitum en cualquier misa rezada o cantada (cf. OGMR 276). Este misal, lejos de restringir el uso del incensario más bien hace lo contrario lo libera mucho más. Hagamos una comparación entre las rúbricas actuales y las del misal de 1570 sobre el uso del incienso[1]:

Misal Romano 1570 (1962)
Misal Romano 1970 (2002)
Las incensaciones que deben hacerse en la misa solemne, pueden realizarse también en todas las misas cantadas.
El incienso puede libremente usarse en cualquier forma de Misa.



Se aprecia claramente el cambio operado para el uso del mismo. De pasar de estar reservado para las misas solemnes o cantadas a estar liberado para cualquier forma de misa sea cantada o rezada. Pero el cómo y el cuándo de su uso si esta minuciosamente reglado en la liturgia. Veamos estos momentos:

A.    Incienso durante la procesión de entrada: costumbre que viene, como vimos anteriormente, del s. VII y que ya estaba en la corte del emperador. Pretende aromatizar el recorrido por donde ha de transcurrir la procesión de ingreso a la nave hasta el altar.



B.     Incienso en los ritos iniciales en torno al altar: dice la OGMR 49 «… el sacerdote, según los casos, inciensa la cruz y el altar». El incienso llegó a expresar la elevación mental de la comunidad en oración, de su vuelo hacia Dios. El uso del incienso al principio de la Misa aparece en el s. IX, aunque se menciona por primera vez en el s. XI. Su sentido principal es el de dar al lugar sagrado el mayor realce envolviendo al altar y al celebrante en una atmósfera sagrada para separarle de este mundo de pecado. En este momento de la celebración (no podemos olvidar que son ritos iniciales y, por tanto, preparatorios) solo se inciensa la cruz, el altar y, si hay, la imagen de la Virgen o del santo en honor de quien se celebra la misa. La incensación del altar ha de hacerse del siguiente modo según dice la OGMR 277a que es el caso más habitual en nuestras iglesias: «si el altar está separado de la pared, el sacerdote lo inciensa rodeándolo».

Respecto de la cruz, en el mismo número se dice más abajo: «si la cruz está sobre el altar o junto a él, se inciensa antes que el mismo altar. En otro caso, el sacerdote la incensará cuando pase ante ella». Se trata de una incensación devocional, con el fin de solemnizar la celebración y centrar el espacio sagrado donde se realizarán los misterios divinos.


C.     Incienso en la proclamación del Evangelio: hemos visto ya que es el rito más antiguo y el origen de la inclusión del incienso en la liturgia. No abundaré en esta idea. Simplemente recordar que la incensación al Evangelio responde a la verdad teológica de saber que no es otro sino el mismo Cristo quien habla a la asamblea de fieles reunida y, por tanto, toda la secuencia ritual va encaminada a manifestar esta realidad espiritual.



D.    Incienso en el ofertorio en torno a las ofrendas y al altar: aparece por primera vez en el 832 en el área carolingia, pues a Roma llega en el s. XI. Se realiza con gran solemnidad. Es un modo de expresar nuestra ansia de participar en las cosas sagradas y su realización simbólica al encontrarnos envueltos en su nube. Se pide a Dios que haga subir el incienso a su trono y derrame sobre nosotros su bendición. La actual OGMR 144 dice: «luego, si se emplea el incienso, el sacerdote lo pone en el incensario, lo bendice sin decir nada e inciensa los dones, la cruz y el altar. El ministro, de pie al lado del altar, inciensa al celebrante y después al pueblo».


Si respecto de la incensación al altar en los ritos iniciales dijimos que era devocional, la incensación del ofertorio es de carácter proléptica. ¿Qué significa proléptica? Viene de la palabra griega “prolepsis” significando una anticipación de algo que ha de venir. Aplicado a este momento de la celebración podemos decir que las ofrendas no se inciensan por ser pan y vino sino por lo que serán, esto es, Cuerpo y Sangre del Señor.

Los fieles no son incensados por ser simples fieles, sino por ser “ofrenda permanente” que es unida a Cristo. Este es un rito importante que no debe ser amputado en ninguna de sus partes: se deben incensar todos estos sujetos sagrados sin merma de ninguno. Además, la incensación a los fieles se recoge en Ordo romanus V con estas palabras: «los incensarios son llevados por el altar y después se trasladan a las narices de los hombres y el humo es llevado con sus manos hasta su boca» con esta rúbrica se indica que la incensación de los fieles llegó a considerarse de carácter sacramental siendo quizá más expresiva en su ritualización que la forma actual de la misma.


E.     Incienso en la ostensión del pan y del vino: dice la OGMR 150b: «si se utiliza el incienso, el ministro inciensa la hostia y el cáliz cuando se muestran tras la consagración». Este rito se introduce en el s. XIII cuando frente a las herejías que negaban la presencia real de Cristo en la Eucaristía comenzó a acentuarse el aspecto de adoración de esta en la misa así como la verdad de fe de la presencia real.

Uso del incienso en la Liturgia de las Horas

            Al celebrar las horas mayores del Oficio Divino, esto es, laudes y vísperas, encontramos las siguientes rúbricas que ponemos juntas: « A los cánticos evangélicos Benedictus, Magníficat y Nunc dimittis se les ha de conceder la misma solemnidad y dignidad con que se acostumbra a oír la proclamación del Evangelio.[mas adelnate] Mientras se profiere el cántico evangélico, en las Laudes matutinos y Vísperas se puede incensar el altar y, a continuación, también al sacerdote y al pueblo» (OGLH 138.261). Este uso está ligado al que tiene respecto del Evangeliario.

La Liturgia de las Horas emplea el incienso al entonar el cántico evangélico, bien sea el Benedictus en laudes, bien el Magnificat en vísperas. Su uso – según Righetti - aparece por ver primera en una carta enviada desde Roma a san Bonifacio en Alemania (744). Según Sicardo de Cremona este rito se realizaba en todas partes en el s. XI.

Uso del incienso en la Liturgia de difuntos

Desde antiguo es considerado como un signo de honor y respeto hacia el difunto. En las exequias suele incensarse el cadáver mientras se canta y se reza por él. Estos mismos honores se tributaban a los mártires. En la baja Edad Media este gesto litúrgico referido a altares y cadáveres fue adquiriendo un carácter apotropaico, es decir, para enfrentar a los demonios y alejarlos. El incienso al ser puesto en el incensario se le dota de una bendición y esto lo vuelve un factor de santificación.


El actual ritual de Exequias une al rito de incensación del cadáver dos ideas teológicas: 1. La dignidad del cuerpo como templo del Espíritu Santo y la unción con el oloroso perfume del crisma. Veamos este texto del ritual:

«Ahora vamos a perfumar este cadáver con incienso; este gesto nos recordará que el cuerpo de nuestro hermano fue templo del Espíritu y que en su iniciación cristiana no solo fue vinculado a la muerte del Señor, sino que también, al ser ungido con el óleo perfumado de la confirmación, se significó que, como Cristo, era destinado a la resurrección y a recibir del Padre el ósculo de su amor. En la persona de Cristo, el Padre hizo que nuestro hermano se sentará con él en el cielo» (Formulario común II, 149).

Uso del incienso en imágenes y otros

También las imágenes sagradas destinadas al cultos pueden ser incensadas, pero de modo distinto a como se inciensa al Señor o lo relacionado con él. A este respecto es muy aclaratorio lo señalado por OGMR 277:

Se inciensan con tres movimientos dobles (1.2-1.2-1.2) lo siguiente:

1.      El Santísimo Sacramento.

2.      Las reliquias de la Santa Cruz.

3.      Las imágenes del Señor expuestas a la veneración pública.

4.      Los dones para el sacrificio de la Misa.

5.      La Cruz del altar.

6.      El Evangeliario.

7.      El Cirio pascual.

8.      El sacerdote.

9.      El pueblo.

Se inciensan con dos movimientos dobles (1.2-1.2):

1.      Las reliquias expuestas a la veneración pública.

2.      Las imágenes de los santos y la Virgen expuestas a la veneración pública.

Ambas solo al principio de la celebración y después de incensar el altar.



[1] Ponemos entre paréntesis la edición que manejamos.