Con
motivo de la ordenación episcopal de don José Luis Retana como obispo de
Plasencia, ofrecemos a los lectores de este blog una serie de catequesis sobre
la liturgia de ordenación. Comenzaremos hoy explicando qué es un obispo, qué
significa para una diócesis el tener obispo.
Para
un católico, una ordenación episcopal no es un acto cualquiera, sino un evento
solemne en la vida de la Iglesia, y más concretamente, en la vida diocesana. A
veces puede ocurrir que nos acostumbremos a la figura del obispo y se nos
escape, por rutina, el significado profundo que estos tienen para la vida de un
cristiano. En primer lugar, los obispos son sucesores de los apóstoles. Cristo,
para que su misión quedara perpetuada en el mundo a través de los siglos, llamó
a un grupo estable de varones a los que confió su mismo poder para predicar y
convertir a los pueblos, para que los santificaran y los gobernaran. Los
apóstoles, previendo su muerte y para que la misión no se agotara con ellos, se
preocuparon de instituir a sus sucesores, precisamente, para que terminaran y
consolidaran la obra que ellos empezaron. Estos sucesores son los obispos.
El
Concilio Vaticano II, a este respectó, recordó: «los obispos, pues, junto con sus colaboradores, los presbíteros y los
diáconos, recibieron el ministerio de la comunidad. Presiden en nombre de Dios
el rebaño del que son pastores, como maestros que enseñan, sacerdotes del culto
sagrado y ministros que ejercen el gobierno […] Por eso enseña este sagrado
Sínodo que por institución divina los obispos han sucedido a los apóstoles como
pastores de la Iglesia. El que los escucha, escucha a Cristo; el que, en
cambio, los desprecia, desprecia a Cristo y al que lo envió» (LG 20c).
Subrayemos algunos puntos importantes de este párrafo:
1.
“Presiden en nombre de Dios el rebaño del
que son pastores”:
2.
“como maestros que enseñan”: es el
primer oficio del obispo, el llamado “munus docendi”, esto es, el oficio de
enseñar. El obispo debe exponer con fidelidad el depósito de la fe del que ha
sido constituido su custodio, valedor y defensor.
3.
“sacerdotes del culto sagrado”: es el
segundo oficio, el llamado “munus santificandi”, esto es, el oficio de
santificar. El obispo debe celebrar, convenientemente, la liturgia, tanto la
Eucaristía como el resto de sacramentos y sacramentales y la Liturgia de las
Horas, por sí mismo y por todo el Pueblo de Dios a él encomendado.
4.
“ministros que ejercen el gobierno”:
es el tercer oficio, el llamado “munus regendi”, esto es, el oficio de
gobernar. El obispo debe dirigir los pasos de la diócesis según la ley suprema
del Evangelio, la tradición de la Iglesia, y en fidelidad a las normas y
disposiciones de la Iglesia. El obispo no es dueño de nada, sino administrador
de los bienes espirituales y materiales de la Iglesia.
El
obispo está dedicado al cuidado pastoral de una Iglesia particular pero también
al de la Iglesia universal en cuanto forma parte del Colegio episcopal. Son dos
dimensiones inseparables «uno queda
constituido miembro del Colegio episcopal en virtud de la consagración
episcopal y por la comunión jerárquica con la Cabeza y con los miembros del
Colegio» (LG 22a).
Y
es, precisamente, en la Eucaristía donde esta doble misión se pone de
manifiesto más palpablemente ya que el mismo preside la Eucaristía y predica el
Evangelio con la garantía apostólica: a) la Eucaristía es el momento en que el
Señor se hace presente de un modo especial congregando a todo el pueblo, así el
obispo preside la misma no para o con la comunidad sino en el centro de su
Iglesia; esta vinculación queda expresada en la frase de San Ignacio de
Antioquía “sólo es válida la eucaristía
celebrada por el obispo o por quien ha sido autorizado por él”.
b)
El anuncio del Evangelio, la predicación como convocación de la comunidad
eclesial, la enseñanza de la doctrina como maestros auténticos, el testimonio
de la verdad divina, también pertenecen a la esencia del ministerio apostólico
«entre las principales funciones de los
obispos destaca el anuncio del Evangelio […] Aunque los obispos aisladamente no
gozan del privilegio de la infalibilidad, sin embargo, cuando incluso dispersos
por el mundo, pero en comunión entre sí con el sucesor de Pedro, enseñan cuál
es la fe y la moral auténticas, si están de acuerdo en mantener una opinión
como definitiva, entonces proclaman infaliblemente la enseñanza de Cristo […]»
(LG 25).
Así,
esta doble dimensión del ministerio de la palabra y el litúrgico-sacramental,
articula el ministerio del obispo según dice LG 24 « (los obispos reciben del
Señor) la misión de enseñar a todos los
pueblos y de predicar el Evangelio a todo el mundo para que todos los hombres,
por la fe, el bautismo y el cumplimiento de los mandamientos, consigan la
salvación» y LG 26 «el obispo es el
administrador de la gracia del sumo sacerdocio, sobre todo en la Eucaristía que
él mismo celebra o manda celebrar y por la que la Iglesia vive y se desarrolla
sin cesar. […] toda legítima celebración de la Eucaristía es dirigida por el
obispo».
Así,
el obispo ejerce su función de Padre y Pastor, incluso en su propia diócesis,
en relación con el resto de los obispos al que es incorporado por su ordenación
episcopal. La pertenencia al Colegio de los obispos y la unión con él es un
elemento esencial del ministerio episcopal
Dios
te bendiga
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